LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2201 ARTICULO 1.- Modifícase el inciso k) del Artículo 5º de la Ley Nº 1713, en la siguiente forma: “Intervenir en todo juicio sucesorio donde no actúen herederos reconocidos o declarados por sentencia ejecutoria, o en que haya bienes vacantes, correspondiéndole la curatela de la herencia” ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.- […]







