LEY Nº 2191

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2191
ARTICULO 1.- Modifícase la Ley N 174/1950 de Presupuesto General para
el Ejercicio de 1951, en vigencia para el corriente año por
disposición del Decreto Nº 4808/H/952, en la siguiente forma:
a) Auméntase el Cálculo de Recursos en los rubros de:
6. Impuesto a las actividades lucrativas en $ 1.000.000.-
15. Participación Réditos, Ventas, Ganancias
Eventuales y Extraordinarias $12.552.000.-
16. Participación Ventas Ley Nº 13343 $ 3.416.000.-
17. Participación Ventas Ley Nº 13478 $ 3.769.000.-
b) Rebájanse los siguientes rubros del Cálculo de
Recursos:
29. Venta de Inmuebles Fiscales, en $ 1.500.000.-
Extraordinarios y Especiales $10.000.000.-
c) Suprímanse los rubros de:
25. Subv. Nacional Escuela de Manualidades $ 17.000.-
30. Subvención Nacional para Hospitales y Salas
de Primeros Auxilios de la Pcia. $ 1.000.000.-
31. Superávit Ejercicio 1950 $ 4.259.342,63.-
ARTICULO 2.- Modifícase el Presupuesto de Gastos como sigue:
1) Refuérzase las siguientes partidas de gastos:
Anexo B – Inciso I – Item 5
Partida para pago de personal eventual de la Sub-
Secretaría de Informaciones $ 200.000.-
Anexo B – Inciso XVI – Item 12
Partida 22 – Para gastos de personal y mantenimiento $2.196.300.-
Anexo B – Inciso X – Item 2 b)
Partida para pago de licencias con goce de sueldos $ 10.000.-
Anexo B – Inciso XIV – Item 5
Partida para pago del personal de la Banda de Música
de la Provincia. $ 65.000.-
Partida 7 – Para gastos de adquisiciones inherentes
de la Oficina de Suministro $ 847.000.-
Item 4 – Dirección General de Inmuebles
Partida 3 – Revaluación general y determinación
lotes fiscales $ 50.000.-
Item 6 – Fomento Rural
Partida 2 – Para pago de jornales, salario familiar,
etc. $ 60.000.-
Anexo C – Inciso XIII – Item I
Partida 7 – Gastos organización, habilitación y funcionamiento
de Administración Provincial de Bosques $ 40.000.-
Item 9 – Dirección General de Arquitectura
Partida 3 – Personal obrero y de maestranza $ 80.000.-
Item 10 – Administración del Agua
Partida 3 – Personal obrero y de maestranza $ 170.000.-
Item II – Aportes Especiales
Partida 7 – Para aporte pensiones a la vejez
(Ley 13.478) $ 100.000.-
Partida 8 – Aporte de la Prov. al Inst. Previsión
Social $3.769.000.-
Partida 13 – Crédito Adicional $1.852.830,37
Anexo F – Inciso II – Item I
Partida 1 – Porcentaje a distribuir a las Municipalidades
y Comisiones Municipales por el P. E. (réditos,
Ventas, etc.) $1.250.000.-
Partida 2 – Por actividades Lucrativas $ 180.000.-
Anexo E – Inciso I – Item I
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Partidas 1 – Para atender servicios de amortización
e intereses y gastos de la Ley de Empréstito
Nº 1707 (t.o) $1.800.000.-
Partida 2 – Para solventar compromisos de Ejercicios
anteriores $ 353.527.-
2) Incorpórase al Presupuesto las siguientes nuevas partidas:
Anexo B – Inciso XVI – Item 8 – Policía de la Capital
Partida 10 – Gastos y conservación y mantenimiento
de automotores $ 120.000.-
Item 9 – Establecimientos Penales
Partida 7 – Gastos y conservación y mantenimientos
de automotores $ 10.000.-
Item 10 – Subsecretaría de Educación
Partida 21 – Gastos y conservación y mantenimiento
de automotores $ 20.000.-
Item 12 – Subsecretaría de Salud Pública
Partida 23 – Gastos y conservación y mantenimiento
de automotores. $ 120.000.-
Anexo C – Inciso XVIII – Ite 3 – Dirección General de Tesorería y
Rentas
Partida 9 – Gastos y conservación y mantenimiento de
automotores $ 20.000.-
Partida 10 – Para pago personal de Inspección a
crearse $ 42.000.-
Item 4 – Dirección General de Inmuebles
Partida 5 – Gastos y conservación y mantenimiento de
automotores $ 30.000.-
Item 6 – Dirección de Fomento Rural
Partida 8 – Gastos y conservación y mantenimiento de
automotores $ 40.000.-
Item 7 – Direc. de Abast. y Control de Precios
Partida 3 – Gastos y conservación y mantenimiento de
Automotores $ 35.000.-
Item 12 – Garage y taller de reparaciones de automotores
Partida 1 – Para pago del personal de talleres y
gastos inherentes a los mismos $ 500.000.-
3) Rebájase la siguientes partida del presupuesto:
Anexo C – Inciso XIII – Item 9 – Dirección General de Arquitectura
Partida 5 – Para cumplimiento plan de obras, etc.
a) Con negociación de títulos $ 10.000.-
ARTICULO 3.- Modifícase la denominación de Dirección de Conservación y
Control de Automotores del Anexo C, Inciso XII, item 2, por la de
“Garage y taller de reparaciones de automotores”.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 05 de Agosto de 1952.-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Prosecretario Vicepresidente 1º

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