LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 1121 ARTICULO 1.- Derógase la Ley Nº 1009. ARTICULO 2.- Créase el cargo de Auxiliar 1º de la H. Legislatura con la asignación mensual de $200.- m/n. ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se hará de Rentas Generales con imputación a la misma, hasta tanto se incluya […]







