LEY Nº 1808

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1808 ARTICULO 1.- Modifícase los artículos de la Ley Nº 1212 que se enumeran a continuación, los que quedarán en la forma que se indica en cada caso: ART. 3º.- Están excluídos o podrán excluirse del Padrón Electoral todos aquellos que lo estén del Padrón Nacional en virtud de la Ley Nº 8871 […]

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LEY Nº 1806

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1806 ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 937, en la siguiente forma: Grávase a los billetes de lotería que se introduzcan para la venta en el territorio de la Provincia, con excepción de los de la Lotería Nacional de Beneficencia, con los siguientes impuestos: a) Con veinte centavos moneda […]

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LEY Nº 1805

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1805 ARTICULO 1.- Modifícase los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley de Empréstito Nº 1707, en la siguiente forma: ARTICULO 2.- Inciso a) Para el pago de la deuda actual de la Provincia, consolidada y flotante, y los descuentos de letras de Tesorería realizados con el Superior Gobierno de la Nación,….$4.823.400. […]

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LEY Nº 1803

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1803 ARTICULO 1.- Modifícase la Ley Nº 1695 en la siguiente forma: “Art. 1º.- Todos los obreros que trabajen por cuenta de la Provincia, ya sea en obras por Administración o por licitación, percibirán un jornal mínimo de SIETE PESOS MONEDA NACIONAL ($7.- m/n.), a partir del 1º de Enero del año 1948.” […]

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LEY Nº 1801

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1801 ARTICULO 1.- Amplíase a CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($5.500.000.- m/n.) la partida autorizada por Ley Nº 1711, artículo 3º “Recursos: De negociaciones de títulos” ARTICULO 2.- Amplíase en CUARENTA Y CINCO MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($45.000.- m/n.) la Partida Uno, Inciso Unico, Item 1 del Anexo G a cuyo […]

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LEY Nº 1799

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1799 ARTICULO 1.- A partir del 1º de Octubre de 1947, fíjanse como sueldos básicos del personal docente dependiente del Consejo General de Educación, los siguientes: Maestros…………………………..$ 275,00 Maestros Especiales…………………$ 200,00 Ayudantes Escuela Manualidades……….$ 180,00 ARTICULO 2.- Modifícase el artículo 46 de la Ley Nº 1710 en la siguiente forma: “Artículo 46º.- Además […]

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LEY Nº 1793

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY 1793 ARTICULO 1°.- Derógase el Art. N° 123 de la Ley N° 1710 ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.- Sala de Sesiones, Jujuy 28 de agosto de 1947. JUAN JOSE CASTRO PRESIDENTE MARCOS R. PAZ SECRETARIO Jujuy, 6 de setiembre de 1947. Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, tómese razón, […]

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LEY Nº 1780

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1780 ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 2º de la Ley 1768 en la siguiente forma: “Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se cubrirán con las sumas de la Ley Nº 12.774 adelantadas por la Provincia y posteriormente reintegradas por el Superior Gobierno de la Nación y no incluídas en […]

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LEY Nº 1775

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1775 ARTICULO 1.- Modifícase la Ley Nº 1699 de la siguiente manera: 1) Agrégase como nuevo artículo, después del artículo 3º, el siguiente: “Art…… Los clubes sociales y deportivos, sociedades mutualistas e instituciones similares, con personería jurídica, quedarán eximidas de la obligación de efectuar el depósito de garantía que fija el artículo 3º […]

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LEY Nº 1773

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1773 ARTICULO 1.- Modifícanse los artículos 45º, 51º Inc. c), 57º, 65º, 69º, 70º, 71º, 72º, 79º Inc. a), 104º Inc. a); f) y v), 105º Inc. h), 107º, 113º y 116º de la Ley Nº 1752 CARTA ORGANICA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en la siguiente forma: “Art. 45º: La […]

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