LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 288 ARTICULO 1º.- Todos los tabacos elaborados, cigarrillos y cigarros que se consuman en el territorio de la provincia pagarán un impuesto fiscal en estampillas que se adherirán a los envases o unidades. a) El impuesto de cigarrillos se cobrará de acuerdo con la siguiente escala. (Precio de venta según Ley nacional de […]