LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 318 ARTICULO 1º.- Los dos primeros renglones de la escala establecida en el artículo 1º de la Ley de Sellos vigente, quedan modificados como sigue: De $20 a $ 100……………$ 0,10 ARTICULO 2º.- Suprímase el primer párrafo del art. 20; y modifícase el segundo párrafo en la siguiente forma: “Los documentos otorgados fuera de […]