LEY Nº 378
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 378
ARTICULO 1º.- Acuérdase a la Señorita María Silvia Argentina
Mazzantini una beca mensual de Cien pesos para perfeccionarse en el
estudio de Lenguas Vivas en un Instituto de Buenos Aires, para volver
a Jujuy a ofrecer sus servicios en la forma establecida por la
peticionante en la nota que antecede.
ARTICULO 2º.- Este gasto se hará de Rentas Generales hasta tanto se
incluya en la ley de presupuesto é imputárase a la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES – JUJUY, Junio 30 de 1919.-
ERNESTO CUÑADO MANUEL F. CORTES
Secretario Presidente