LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5229 ARTÍCULO 1.- Prorrógase por el término de dos (2) años contados a partir de la publicación de la presente Ley, la vigencia de la Ley Nº 5079 “Régimen de Condonación de Intereses y Disminución de Deudas de Pago de Contado” y su modificatoria la Ley Nº 5115. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo […]