LEY Nº 472

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 472
ARTICULO 1.- Acuérdese a la señora Ana Condal de Farga, madre del ex
Diputado señor José Farga Candal, una pensión vitalicia de CIENTO
CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL, mensuales con anterioridad al primero
del corriente.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande la presente ley se cubrirán de
rentas generales hasta tanto sea incluido en la ley de Presupuesto.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, agosto 8 de 1.921.-
ERNESTO CUÑADO
Secretario
F. A. CALVETTI
Presidente