LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2312 ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 2.274-1954, en la siguiente forma: 1) Frente no menor de seis (6) metros; 2) Superficie no menor de ciento veinte metros cuadrados (120 m2) y la relación del ancho medio de un lote a su mayor longitud no será inferior a un […]