LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 488 ARTICULO 1º.- Acuerdase a la Sociedad “Jujuy LAW Tennis Club” la cantidad de QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($500 m/n), destinados a sufragar los gastos que origine, la Construcción de Cancha de Tennis. ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la […]