LEY Nº 3182

 

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3182

 

ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terrenos ubicados en la localidad de Tilcara, Departamento del mismo nombre, individualizadas como Manzana 24; la que limita: con calle Benjamín Villafañe al Este; con Avenida Alvear al Sud; con calle Éxodo al Oeste y con calle sin nombre sobre el río Grande, a quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2º.- El inmueble determinado en el artículo precedente será destinado a la construcción de la Terminal de Ómnibus de Tilcara y/o a los fines públicos que se le asignen.

 

ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderá con los fondos y partidas previstas en el Presupuesto General de la Provincia para el pago de expropiaciones.

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de diciembre de 1974.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE

Secretario Gral. Parlamentario

 

ALFREDO L. BENITEZ

Presidente

 

 

 

 

 

 

Sancionada 30/12/1974

Publicado en BO Nº 26 de fecha 03/03/1976