LEY Nº 3182
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3182
ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terrenos ubicados en la localidad de Tilcara, Departamento del mismo nombre, individualizadas como Manzana 24; la que limita: con calle Benjamín Villafañe al Este; con Avenida Alvear al Sud; con calle Éxodo al Oeste y con calle sin nombre sobre el río Grande, a quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2º.- El inmueble determinado en el artículo precedente será destinado a la construcción de la Terminal de Ómnibus de Tilcara y/o a los fines públicos que se le asignen.
ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderá con los fondos y partidas previstas en el Presupuesto General de la Provincia para el pago de expropiaciones.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de diciembre de 1974.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE
Secretario Gral. Parlamentario
ALFREDO L. BENITEZ
Presidente
Sancionada 30/12/1974
Publicado en BO Nº 26 de fecha 03/03/1976