LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 576 ARTICULO 1.- El Poder Ejecutivo hará practicar el estudio de las obras de riego por derivación u otros medios, necesarios para el mejor aprovechamiento de las aguas del Río Grande y sus afluentes, en la región comprendida entre la márgen izquierda del Río Reyes y las juntas con el Lavayen. ARTICULO 2.- […]







