LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 661 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para invertir hasta la cantidad de ($600,00 m/n. de c/l) “seiscientos pesos moneda nacional de curso legal”, en la compra de un terreno de propiedad del señor José Félix Alvarez Prado, ubicado en el pueblo de Tilcara con la siguiente extensión y límites: […]







