LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 856 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma de “setecientos pesos moneda nacional” ($700,00 m/n.), para conservación y arreglo del camino provincial que vá del pueblo Abra Pampa al pueblo Cochinoca. ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se hará de Rentas Generales con imputación a […]







