LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 1115 ARTICULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Tiro, Gimnasia y Esgrima de esta Capital, un préstamo de “veinte y dos mil pesos moneda nacional” ($22.000.-m/n.), destinados a la cancelación de la deuda que tiene pendiente de pago en el juicio ejecutivo seguido por el Constructor de la Pileta de Natación. ARTICULO 2.- […]