LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 1183 ARTICULO 1.- Hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto por la ley N° 965 sobre empadronamiento de la propiedad urbana y rural, autorizase al Poder Ejecutivo a cobrar el impuesto de Contribución Territorial de acuerdo con la avaluación fijada en los catastros que han regido hasta el 31 de diciembre de […]