LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1379 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la provincia a invertir hasta la suma de OCHO MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($8.000.- m/n.) en la reconstrucción de las siguientes obras públicas en el Departamento de Tumbaya. a) Para iniciar la construcción de un edificio destinado a Escuela Provincial en el pueblo de El […]







