LEY Nº 1370
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1370
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de
UN MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($1.500,00 m/n.) en los gastos
que ocasionó el fallecimiento y sepelio del Ex-Gobernador de la
Provincia Don Mateo C. Córdova, ocurrido el 26 de Junio de 1938, en
Santa Rosa (Pampa Central).
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se
imputará a Eventuales (Partida I, Ítem Único, Inciso Único, Anexo H,
del Presupuesto)
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 8 de 1.938.-
Secretario Presidente