LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1361 ARTICULO 1.- Ampliase en la suma de CINCO MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($5.000,00 m/n.), la Partida 2, Ítem II, Inciso Único, Anexo A de la Ley N° 1323 de presupuesto. ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará en la siguiente forma: UN MIL CUATROCIENTOS PESOS MONEDA […]