LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1512 ARTICULO 1.- Créase el cargo de “Bibliotecario de la H. Legislatura y Encargado del Diario de Sesiones” con la asignación mensual de TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL ($350,00 m/n.). ARTICULO 2.- Hasta tanto se incluya dicho cargo en el presupuesto General de la Administración, el gasto que demande el cumplimiento de la […]







