LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1822 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a vender en lotes de terreno las superficies que a continuación se detallan y dentro del régimen que para cada caso se establece: I- CIUDAD DE JUJUY: a) Terrenos ubicados en la Avenida Bolivia de propiedad de la Sucesión de don Cirilo Alvarado, que resulten ser […]