SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 de febrero de 1978 EXP. Nº 1075-D-1977.- VISTO: El Artículo 38º de la Ley Impositiva Nº 3483/77; El informe presentado por la Dirección General de Rentas sobre implicancias del mencionado artículo, y CONSIDERANDO: Que el artículo 38º de la Ley Nº 3483/77 prescribe un trato diferencial e injustificado para las operaciones cuyas bases imponibles sean mayores a determinados montos, lo […]