LEY Nº 4532

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4532

ARTICULO 1º.- Declárase “Día de la Participación Escolar en el Mejoramiento del Medio Ambiente Puneño” el segundo Jueves del mes de Noviembre de cada año calendario.

ARTICULO 2º.- A los fines del acabado cumplimiento del artículo anterior, el Consejo General de Educación por intermedio de los establecimientos educacionales de su dependencia, en coordinación con el instituto de Tecnología Agraria y Agroindustrial de Jujuy y la Dirección Provincial de Bosques y Contralor Agropecuario; procederá en esa fecha, a la plantación de especies arbóreas autóctonas y/o exóticas que se adapten a las características de la zona, con el fin de estimular en el niño, la preservación, mantenimiento y restitución del equilibrio del ecosistema Puneño.

ARTICULO 3º.- El Consejo General de Educación promoverá, entre los alumnos que concurran a Escuelas de la Puna, un concurso, a los efectos d establecer el lema que identificará y promoverá la reafirmación de este Día.

ARTICULO 4º.- Por este único año, el mismo se celebrará el último Jueves de Noviembre.

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, con remisión de copia al Consejo General de Educación, a la Dirección General de Enseñanza Media, Artística y Superior, al Instituto de Tecnología Agraria y Agroindustrial de Jujuy y a la Dirección Provincial de Bosques y Contralor Agropecuario.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de noviembre de 1990.-

 

LUIS R. CALDERARI

SECRETARIO ADMINISTRATIVO

A/C SECRETARIA PARLAMENTARIA

LEGISLATURA DE JUJUY

 

GUILLERMO EUGENIO SNOPEK

VICE PRESIDENTE 1º

A/C PRESIDENCIA

LEGISLATURA – JUJUY

Sancionada 22/11/1990

Publicado en BO Nº 3 de fecha 07/01/1991