LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4523 ARTICULO 1º.- Establécese en todo el territorio de la Provincia de Jujuy, la denuncia de carácter obligatorio, por parte de los hospitales públicos, privados y de los profesionales médicos que asistan a personas con posibilidades de padecer saturnismo. ARTICULO 2º.- La Secretaría de Salud Pública llevará un registro con todos los antecedentes denunciados. ARTICULO […]







