LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 4975 SANIDAD VEGETAL CAPITULO I – PARTE GENERAL ARTICULO 1.- Quedan regulados por la presente Ley y las disposiciones que la reglamenten, el uso, fabricación, formulación, fraccionamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, exhibición, publicación y prescripción de los productos, sustancias o dispositivos destinados directa o indirectamente al uso agrícola, según se detallan en el […]







