LA HONORABLE LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 4 ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para invertir hasta la cantidad de QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL ($ 500.- m/n), en las reparaciones de las defensas del arroyo del Estaque que amenaza el Pueblo de Tilcara. ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo entregará dicha suma a la Municipalidad de […]







