LEY N° 75

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 75.- Art. 1°.- Modifícase la partida 4° del Item 4 -Inciso VII de la Ley de Presupuesto vigente, en la forma siguiente: Partida 4- Defensor de Pobres y Ausentes…….$ 100.- Partida 5- Defensor de Menores e Incapaces…..$ 100.- Art. 2°.- En caso de que estos puestos sean desempeñados por letrados gozarán […]

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LEY N° 74

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N° 74.- Art. 1°.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre del corriente año, los términos establecidos en los artículos 7, 10, 14 25 de la Ley de 29 de Diciembre de 1899.- Art. 2°.- Comuníquese, etc.- SALA DE SESIONES, JUJUY, Marzo 5 de 1904.- FDO: PEDRO J. BERTRES Presidente JOSE VICENTE MOLOUNNY […]

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LEY N° 73

LA H. LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 73 ARTÍCULO 1°.- Las rentas del Tesoro Público con los que se atenderán los gastos de la Administración, para el ejercicio de 1904, son las siguientes: 1° Saldo de ejercicio de 1903 $ 20.000 2° Contribución Territorial $ 45.000 3° “ Mobiliaria $ 20.000 4° Registro de Marcas $ 4.000 5° “ de Escrituras […]

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LEY N° 72

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE L E Y N°: 72.- Art.1°.- E1 arrendamiento de los terrenos fiscales de la Puna, establecido por Ley de 8 de Abril de 1888, será cobrado en proporción el número de cabezas de ganado mayor o menor que posee cada arrendatario. Art.2°.- Los actuales ocupantes o tenedores de las tierras fiscales de Maíz Gordo y […]

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LEY N° 71

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N°: 71.- Art.1°.- Apruébase los términos señalados en los Decretos dictados por el Poder Ejecutivo con fecha 10 de Noviembre del año ppdo. 1903, dentro de los cuales deben formarse los catastros generales para el cobro de las contribuciones Territorial y Mobiliaria a contar del presente año 19O4, quedando autorizado para señalar […]

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LEY N° 70

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: L E Y N°: 70.- Art.1°.- Acuérdese a le señora Mercedes S. de Quintana viuda de don Isaac Quintana, e hijas menores, la pensión mensual de TREINTA PESOS MONEDA NACIONAL ($ 30.-m/n.). Art.2°.- Hasta tanto no se incluya esta partida en el presupuesto general de gastos, se hará de Rentas Generales, con imputación a 1a […]

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LEY N° 69

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY N° 69 Art.1°.- Acuérdase a la Iglesia Matríz la suma de SEISCIENTOS CINCO PESOS MONEDA NACIONAL ($605.- m/n.), con destino a la construcción de bancos para el servicio de dicho templo. Art.2°.- Este gasto se hará de Rentas Generales, imputándose a la presente. Art.3°.- Comuníquese, etc. SALA DE SESIONES, JUJUY. Septiembre 10 de 1903.- […]

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LEY N° 68

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY N° 68 Art.1°.- Auméntase en OCHENTA PESOS MONEDA NACIONAL ($80.- m/n) la subvención mensual acordada al Asilo del “Buen Pastor” en el inciso VIItem 3 – partida 4° del presupuesto vigente. Art.2°.- Este gasto se hará de Rentas Generales imputándose a la misma. Art.3°.- Comuníquese, etc. – SALA DE SESIONES, JUJUY, Agosto 11 de […]

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LEY N° 67

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY N° 67.- Art.1°. – Asígnase la subvención mensual de VEINTICINCO PESOS MONEDA NACIONAL ($25. – m/n) a la Asociación “Pan de los Pobres”, en esta ciudad. Art2°. – Este gasto se hará de Rentas Generales, imputándose a la presente hasta tanto sea incluido en la Ley de Presupuesto. Art.3°. – Comuníquese, etc. SALA DE […]

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LEY N° 66

LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUEZA DE: LEY N° 66.- Articulo 1°.- Autorízace al Poder Ejecutivo para conceder lotes en el nuevo pueblo de Ledesma, previa tasación, destinándose su producido para el fomento y desarrollo del mismo pueblo. Articulo 2°.- Derógase la Ley de 28 de Diciembre de 1.899 en cuanto se exponga a la presente. Articulo 3°.- Comuníquese etc. Sala de […]

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