LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 253 ARTICULO 1.- Autorizase al p. Ejecutivo para que llame a licitación publica para la prosecución de las obras de la nueva casa de gobierno, ya sea parcialmente o hasta su total terminación. ARTICULO 2.- El P. Ejecutivo dará cuenta a la H. Legislatura del resultado de la licitación para su aprobación. ARTICULO […]







