LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA LA SIGUIENTE LEY Nº 178 A RTICULO 1.- Declárese a la provincia acogida a los beneficios de la ley Nacional Nº 6546, sobre aprovechamiento de aguas y obras de irrigación, quedando, en consecuencia, aceptados y reconocidos los principios en que ella se funda y las condiciones que establece. A RTICULO 2.- Autorizase al […]