LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3110 ARTICULO 1º.- Créanse los Juzgados de Paz Letrados Primero y Segundo de la Capital, con asiento en la ciudad de San Salvador de Jujuy, y jurisdicción en todo el Departamento Capital de la Provincia. ARTICULO 2º.- Además de los requisitos que exige la Constitución de la Provincia y normas concordantes […]