LEY Nº 2082
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2082/1950
ARTICULO 1º.- Transfiérese la Partida 5, del Anexo A, Inciso II, ítem
I, ($10.000 m/n.), a la Partida 3, del mismo Anexo e Inciso del
Presupuesto en vigencia.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
Año del Libertador General San Martín
Sala de Sesiones, San Salvador de Jujuy, setiembre 20 de 1950.-
JUAN N. NOGUERA
Pro Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente