LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2132/1951 ARTICULO 1º.- Modifícanse los Artículos 45 y 47 de la Ley Nº 1.710 de Educación Común y Especial de la Provincia, como sigue: Artículo 45.- Los Inspectores técnicos, Directores, Vicedirectores, Regentes y Maestros, de grado percibirán sobre el sueldo básico, los aumentos que se establecen mediante las siguientes bases; a) Veinte pesos […]







