LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2230 ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 2º de la Ley Nº 1933, en la siguiente forma: “Las becas serán asignadas por el Poder Ejecutivo, con un monto no inferior de $ 30.- para estudiantes de escuelas primarias y de $ 50.- para los de colegios secundarios, normales o especiales, por un término no […]







