LEY Nº 2226

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2226
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder a título gratuito,
al Sindicato de Luz y Fuerza –Filial Jujuy- un lote de terreno fiscal
del Barrio Residencial Eva Perón, con destino a la construcción de su
sede social, individualizado como Lote Nº 4 de la Manzana Nº 95 de
esta ciudad.
ARTICULO 2.- Si en el término de tres años, contados desde la
promulgación de la presente Ley, no se ha efectuado la construcción a
que se hace referencia el artículo anterior, el terreno volverá al
dominio de la Provincia.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 1 de abril de 1953.-
MARCOS R. PAZ EMILIO A. NAVEA
Prosecretario Presidente