LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2223 ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 1972, de Contabilidad, correspondiente al Capítulo IV, artículo 71, en la siguiente forma: “Artículo 71.- Constitución.- Los Miembros del Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia al entrar a ejercer sus cargos prestarán ante el Gobernador de la Provincia, juramento […]