LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2352 ARTICULO 1.- Los inmuebles adquiridos para la construcción del Hotel de Turismo mediante Decreto-Acuerdo Nº 359-H/G- de fecha 19 de Agosto de 1946 dictado en razón de lo dispuesto por la Ley Nº 1.566 serán destinados a oficinas públicas pudiendo ser cedidos temporariamente en locación. ARTICULO 2.- Los inmuebles adquiridos por exploración […]







