LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 2423 ARTICULO 1.- Transfiérese al Municipio de Libertador General San Martín, para ser destinado a fines de utilidad pública, los terrenos baldíos ubicados: entre calle Entre Ríos y Ruta Nº 34 (Nuevo Trazado), manzanas números 15, 16 y 19 sobrante manzana Nº 21, manzana 22, 23, mitad manzana 26, manzana 28. Además el […]







