LEY Nº 2422

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2422
ARTICULO 1.- Derógase el decreto Ley Nº 98-G/H-(SG) de fecha 21 de
febrero de 1958, denominado “Estatuto del Personal Civil de la
Administración Provincial”, y la Ley Nº 1.781 y sus modificatorias
leyes números 191/1951 y 231/1951.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 26 de Agosto de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente