LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE: LEY Nº 997 ARTICULO 1.- El Poder Ejecutivo mandará a practicar, por intermedio del Departamento de Obras Públicas, los estudios y cálculos de gastos correspondientes, para la instalación de aguas corrientes en el pueblo del Volcán. Una vez practicados el estudio y cálculo de gastos respectivo será enviado a ésta H. Cámara. ARTICULO 2.- A […]