LEY Nº 1004

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1004
ARTICULO 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo a pagar a Don Flavio N.
Guzmán hoy sus herederos, la suma de DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
CINCO PESOS moneda nacional, ($ 2.985 m/n) en cancelación de los
gastos del sepelio del ex diputado a esta H. Legislatura, Dr. Leopoldo
Álvarez SOTO.
ARTICULO 2º.- El gasto se hará con fondos de rentas Generales y será
imputados a la presente Ley.
ARTICULO 3º.- Comuníquese etc.
Sala de sesiones, Jujuy. Junio 27 de 1.933.
Raúl Pérez Alisedo Daniel González Pérez
Secretario Presidente