LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4093 ARTICULO 1º.- Fíjanse en los importes que se detallan en Planilla Anexa I, que forma parte integrante de la presente ley, las remuneraciones que con carácter general hacen al cargo para el Personal del Poder Judicial. ARTICULO 2º.- Fíjanse la bonificación por antigüedad para el personal del Poder Judicial en los siguientes […]