LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1331 ARTICULO 1.- Modifícase el Art. 4º de la Ley Nº 1318/37 en la siguiente forma: “El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Ley Nº 1258/37 Reintegros”. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- SALA DE SESIONES, Jujuy, Enero 28 de 1.938.-