LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1371 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir hasta la suma de SEIS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($6.000,00 m/n.) en la ejecución de las siguientes obras públicas en el pueblo de Humahuaca: a) Construcción de un cementerio y capilla……………. $5.000.- b) Instalación de luz eléctrica en el Hospital “Belgrano”. […]