LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1470 ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a invertir hasta la suma de UN MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($1.500 m/n.) en la expropiación o compra de un terreno en el pueblo de El Cármen, destinado a la instalación de canchas de deportes. ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la […]