LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 4304 ARTICULO 1º.- Modificanse los incisos a) y b) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 3919/83, los que dejarán redactados de la siguientes manera: “a) Los partidos políticos provinciales se encuentran habilitados para postular cargos electivos para Gobernador y Vice-Gobernador, para integrar la Legislatura, elegir Intendentes Municipales, para integrar los cuerpos deliberativos de […]







