LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1689 ARTICULO 1.- Créase la Dirección General de Minas, jerárquicamente dependiente del Poder Ejecutivo por su Ministerio de Hacienda, Agricultura, Industrias y Obras Públicas, a quien compete: La promoción técnico-económica; inspección y control y el otorgamiento, modificación o anulación de derechos mineros, expropiaciones y servidumbres; ejerciendo para ello las funciones que le acuerda […]