LEY Nº 3357
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de febrero de 1977.-
EXP. Nº 704-G-1974.-
VISTO:
La Ley Nº 3070-1973 que declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los siguientes inmuebles ubicados en el pueblo de Volcán, departamento de Tumbaya:
- a) Lote 1 de la Manzana II: “para ser transferido a la Empresa Nacional de Correos y Telecomunicaciones con destino a la construcción de un edificio para oficinas de correos;
- b) Lote 5, 6, 7 y 8 de la Manzana 3: “ con la finalidad de realizar la construcción de un centro cívico y de un complejo cultural, social y deportivo”;
Y CONSIDERANDO:
Que puesto este gobierno en la tarea de revisión de las expropiaciones dispuestas por la administración anterior, a los efectos de determinar la real necesidad de las mismas (Decreto Nº 17-H-1976), y, respecto de este caso en particular, se ha consultado a los organismos competentes con los siguientes resultados:
- a) ENCOTEL (Nota Nº 178-AA/76 Dto. 17º): que en los planes programados para los años 1977/78 no está contemplada la obra del edificio fiscal para su oficina Volcán.
- b) Subsecretaría de Promoción y Asistencia de la Comunidad, que no existe ningún proyecto de ese organismo referido a los lotes expropiados en Volcán.
Que en tales circunstancias corresponde reconsiderar la medida expropiatoria por ser evidente que la misma no ha sido adoptada como solución dirigida a satisfacer necesidades de bien público sobre la base de planes concretos de realización suficientemente evaluada;
Por ello, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 5.2- de la Instrucción Nº 1/76 de la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3357
ARTICULO 1º.- Derógase la Ley Nº 3070/1973.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría general y pase a Fiscalía de Estado a sus efectos.
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
JULIO M. COSTA PAZ
Ministro de Hacienda, Econ. y O.
Públicas
RICARDO JOSE ALDAO
Ministro de coord. y Planeam.
PLANILLA ANEXA A
PERSONAL SUPERIOR
ESCALA DE SUELDO VIGENTES A PARTIR DEL 1-1-77
PLANILLA ANEXA B
PERSONAL JERARQUICO FUERA DE ESCALA
ESCALA DE SUELDOS VIGENTES A PARTIR DEL 1-1-77
PLANILLA ANEXA C
ESCALA DE SUELDOS A PARTIR DEL 1-1-1977
PLANILLA ANEXA D
RETRIBUCIÓN A PARTIR DEL 1-3-1977
PLANILLA ANEXA I
ADECUACIONES DE CARGOS DEL ESCALAFON
PROVINCIAL A LOS NIVELES DEL ESCALAFON NACIONAL
PLANILLA ANEXA II
Sancionada 21/02/1977
Publicado en BO Nº 40 de fecha 04/04/1977