LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1881 TITULO PRELIMINAR ARTICULO 1º.- Las relaciones derivadas de la aplicación de los tributos exigidos por la Provincia de Jujuy como poder público y las sanciones o multas derivadas de los mismos, cualesquiera fueran el carácter y la naturaleza de aquéllos, se regirán por las disposiciones de este Código y por las leyes […]