LEY Nº 1908

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 1908
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a título
gratuito al Estado Nacional Argentino, con destino al Ministerio de
Guerra, los siguientes terrenos de propiedad fiscal ubicados en el
Departamento de la Capital, para ampliación de las instalaciones del
Regimiento de Infantería Nº 20 “Cazadores de los Andes”.
a) Terreno “Vias al norte” con los siguientes límites, medidas y
colindancias: Al norte, 767, 65 m., formando una línea quebrada
que sigue la barranca del Río Grande y que colinda con terrenos
que fueron de propiedad de la Compañía de Electricidad del Norte
Argentino S. A.; al este, 14,50 m., con igual colindancia; al
oeste, 15,80 m., con idéntica colindancia y, al sud, 723,20 m.,
colindando con terrenos de propiedad de los FF. CC: del Estado
(alambrado), todo lo cual da una superficie total de 27.701,69
m2;
b) Fracción A: con 101,20 m al norte y colindando con terrenos de
propiedad del Ministerio de Guerra, 36,40 m al este, colindando
con la fracción I (actual calle); 18,60 m al oeste, colindando
con terrenos de la Misión de Estudios de Patología Regional de
la Universidad Nacional de Tucumán, calle por medio y 107 m al
sud, colindando con la Ruta Nacional Nº 9; abarcando el todo
2.724,67 m2;
c) Fracción B: En forma de triángulo, con 13,70 m al oeste
colindando con la fracción I (calle pública); 11,80m al suoeste,
colindando con la Ruta Nacional Nº 9 y 25 m al este,
colindando con mayor extensión del Ministerio de Guerra, con una
superficie total de 31,31 m2;
d) Fracción C: Afecta la forma triangular. Tiene al noreste 137,20
m y colinda con la Ruta Nacional Nº 9; 123,65 m. al sudoeste,
colindando con fracción de la finca “Alto de Quintana” y 20,28
m. al sudeste en que colinda con mayor extensión de propiedad
del Ministerio de Guerra. El todo abarca 1.347,96 m2;
e) Fracción D: en forma de triángulo. El norte está constituído por
una línea quebrada de 86,85 m y colinda con la Ruta Nacional Nº
9; al sudoeste mide 80,07 m y colinda con mayor extensión de
propiedad del Ministerio de Guerra y al sudeste mide 23 m
colindando con el camino de entrada a Ciudad de Nieva, abarcando
el todo 1.039,47 m2;
f) Fracción E: franja de terreno de 1,25 m de ancho ubicada en el
extremo norte de la actual cancha de deportes del Regimiento de
Infantería Nº 20 “Cazadores de los Andes” y que constituye el
terreno cedido por Ley Nº 1.063. Tiene 130,90 m al norte y
colinda con la Avenida Coronel Mariano Santibáñez; 130,90 metros
al sud en que colinda con el terreno cedido por Ley Nº 1063;
1,25 m al este colindando con propiedad fiscal y 1,25 m al oeste
en que colinda con la fracción III (actual calle pública). El
total abarca 163,62 m2;
g) Fracción I: Actual calle pública. Mide 18 m al norte colinda con
al Avenida Coronel Mariano Santibáñez 18 m al sud colindando con
la Ruta Nacional Nº 9; 97,05 m al este en que colinda con
terrenos de propiedad del Ministerio de Guerra y con la Fracción
B y 89,70 m al oeste, colindando con terrenos de propiedad del
Ministerio de Guerra y con la Fracción A. El todo abarca
1.680,75 m2;
h) Fracción II: Actual calle pública. Mide 12 m al norte y colinda
con la Avenida Coronel Mariano Santibáñez; 12 m al sud
colindando con la Ruta Nacional Nº 9; 196,80 m al este en que
colinda con mayor extensión de propiedad del Ministerio de
Guerra y 196,80 metros al oeste, con igual colindancia,
abarcando el total 2.361,60 m2;
i) Fracción III: Actual calle pública. Mide al norte 20,50 m y
colinda con la Avenida Coronel Mariano Santibáñez; al sud 20,44
m colindando con la prolongación de la calle Salta; al este
194,95 m en que colinda con terrenos de propiedad del Ministerio
de Guerra y la Fracción M y 201,65 m al oeste en que colinda con
terrenos de propiedad del Ministerio de Guerra. El todo mide
4.053,25 m2.
Todo ello de acuerdo a la mensura aprobada por el Consejo de
Administración de la ex – Administración General de Obras Públicas,
por Resolución Nº 760 de fecha 11 de Septiembre de 1947.
ARTICULO 2.- Derógase la Ley Nº 1216 y toda otra que se oponga a la
presente.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, 31 de agosto de 1948.-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Secretario Presidente