LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 1985 ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de la ciudad de Jujuy, a expropiar por razones de utilidad pública las unidades de pasajeros que actualmente sirven la planta urbana y suburbana de la Ciudad de Jujuy, así como las que pudieren estar contratadas o adquiridas con igual fin, pertenecientes al señor HERMOGENES GUERRERO […]