LEY Nº 3544

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de junio de 1978

EXP. Nº 760-G-1978.-

VISTO:

Las actuaciones que corren por este Expediente Nº 760-C- 78, y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones se tramita la construcción de un edificio escolar secundario en Villa Gorriti en esta ciudad capital;

Que, conforme lo puntualizan en estos obrados las autoridades nacionales pertinentes, se hace necesario transferir al Estado Nacional el inmueble de propiedad de la Provincia que será destinado para la referida construcción;

Que no existen obstáculos legales para tal transferencia, habida cuenta que el terreno mencionado ha sido desafectado del dominio público por Ley Nº 3165/1974, y destinado para sitio de emplazamiento del futuro edificio del Ciclo Básico Secundario de Jujuy, mediante Resolución Nº 1661-H.74, de fecha 31 de diciembre de 1974, emanada del Ministerio de Hacienda, Economía y Obras Públicas;

Que, de conformidad a lo que dispone el Art. 1º, Punto 4.4. de la Instrucción Nº 1/77, de la Junta Militar a los Gobernadores de Provincia, no se requiere autorización previa para ejercer facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo Provincial,

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3544

ARTÍCULO 1º.- Transfiérase en donación al Estado Nacional el inmueble individualizado como Manzana 13-A, Padrón A-44.499, ubicado en Barrio Gorriti, de esta capital, con una superficie de 4.596,28 m2, según planos de mensura y división aprobados por Resoluciones Nº 62/77 y 37/72 de la Dirección General de Inmuebles.

 

ARTÍCULO 2º.- La donación dispuesta en el artículo anterior lo es exclusivamente con destino a la Construcción del edificio para el Ciclo Básico Secundario –Colegio Nacional Nº 2- de San Salvador de Jujuy.

 

ARTÍCULO 3º.- En la pertinente escritura traslativa de dominio, se incluirá una cláusula donde conste el cargo impuesto en el artículo precedente.

 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Subsecretaría de Educación y Dirección General de Inmuebles.-

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

 

Sancionada 15/06/1978

Publicado en BO Nº 109 de fecha 18/09/1978